LOS CENTROS DE DIPUTACIÓN TIENEN DESCUBIERTAS 13 VACANTES DE PERSONAL DE ATENCIÓN DIRECTA AL ANCIANO

 LOS CENTROS DE DIPUTACIÓN TIENEN DESCUBIERTAS 13 VACANTES DE PERSONAL DE ATENCIÓN DIRECTA AL ANCIANO

CSIF DIPUTACIÓN - 07 febrero 2024

VACANTES SIN OCUPAR NI INTENCIÓN DE HACERLO, SOLO 

CONTRATOS DE ACUMULACIÓN DE TAREAS.

MALA GESTIÓN DESDE DIPUTACIÓN,  NOS PONEN LA TASA DE REPOSICIÓN COMO INCONVENIENTE,  SI CREAMOS JEFATURAS,  LUEGO NO SE PUEDEN CUBRIR TODAS LAS VACANTES?  CADA VEZ MAS MANOS QUE ORDENAN Y MENOS QUE CUIDAN A NUESTROS MAYORES.

Calendario Igualdad - Visibilización 2024


Calendario Igualdad - Visibilización 2024
19 de Diciembre de 2023

CSIF lanza su calendario Igualdad - Visibilización 2024.

La visibilización de los logros de las mujeres desempeña un papel crucial en la lucha por la igualdad de género. A lo largo de la historia, las contribuciones de las mujeres han sido frecuentemente minimizadas o pasadas por alto, lo que ha perpetuado estereotipos y desigualdades de género.

Destacar y reconocer los logros de las mujeres no solo es un acto de justicia, sino que también inspira a otras mujeres a perseguir sus metas y contribuir al progreso social, económico y cultural.

Con este calendario pretendemos fomentar un cambio cultural que promueva la igualdad de oportunidades y valore la diversidad de talentos y habilidades, independientemente del género.

Ya puedes descargar el Calendario: "Igualdad - Visibilización 2024".

FELIZ NAVIDAD Y PROSPERO 2024





 

DIPUTACIÓN, FESTIVOS, CALENDARIO NUEVO AÑO 2024




 En relación con el calendario laboral para el año 2024, de conformidad con el Decreto 17/2023, de 21 de septiembre, publicado en el B.O.C. y L. n° 184 de fecha 25/09/2023, por el que se establece el calendario de fiestas laborales en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Castilla y León para el año 2024; la Resolución de 23 de octubre de 2023, de la Dirección General de Trabajo, por la que se publica la relación de fiestas laborales para el año 2024 (BOE 27/10/2023); las dos fiestas de carácter local determinadas para el municipio de Valladolid, pendientes de publicación, y las aprobadas en el Acuerdo-Convenio vigente, adjunto a este correo la siguiente documentación:

 

  • Calendario de días festivos 2024.

1 de enero, Año Nuevo.

6 de enero, Epifanía del Señor.

28 de marzo, Jueves Santo.

29 de marzo, Viernes Santo.

23 de abril, Fiesta de la Comunidad Autónoma.

1 de mayo, Fiesta del Trabajo.

13 de mayo, San Pedro Regalado (fiesta local).

22 de mayo, Sta. Rita (Acuerdo/Convenio).

15 de agosto, Asunción de la Virgen.

8 de septiembre, Ntra. Sra. de San Lorenzo (fiesta local).

Se traslada al lunes 9 de septiembre.

12 de octubre, Fiesta Nacional de España.

1 de noviembre, Todos los Santos.

6 de diciembre, Día de la Constitución Española.

8 de diciembre, Inmaculada Concepción.

Se traslada al lunes 9 de diciembre.

24 de diciembre, Nochebuena (Acuerdo/Convenio)

25 de diciembre, Natividad del Señor.

31 de diciembre, Nochevieja (Acuerdo/Convenio).

 

  • Días adicionales de asuntos particulares. Para el personal que realiza el horario ordinario de lunes a viernes, se compensará con DOS jornadas adicionales compensatorias asimilados a días de asuntos particulares por los festivos 6 de enero y 12 de octubre de 2024 que coinciden en sábado.

 

  • Comunicación de la ampliación del plazo para disfrutar las vacaciones y asuntos particulares del año 2023.

Días de vacaciones, hasta el 31 de enero de 2024.

Días de asuntos particulares, hasta el 31 de marzo de 2024.

 

Asimismo se informa de que el número de horas a trabajar en la anualidad 2024 es de 1509 h.

 

Sin otro particular.

 

 

Antonio Olmo Arranz

Auditor de Personal

Email: antonio.olmo@dipvalladolid.es

Tfno.: 983 427 215

www.diputaciondevalladolid.es

 

En relación con el calendario laboral para el año 2024, de conformidad con el Decreto 17/2023, de 21 de septiembre, publicado en el B.O.C. y L. n° 184 de fecha 25/09/2023, por el que se establece el calendario de fiestas laborales en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Castilla y León para el año 2024; la Resolución de 23 de octubre de 2023, de la Dirección General de Trabajo, por la que se publica la relación de fiestas laborales para el año 2024 (BOE 27/10/2023); las dos fiestas de carácter local determinadas para el municipio de Valladolid, pendientes de publicación, y las aprobadas en el Acuerdo-Convenio vigente, adjunto a este correo la siguiente documentación:

 

  • Calendario de días festivos 2024.

1 de enero, Año Nuevo.

6 de enero, Epifanía del Señor.

28 de marzo, Jueves Santo.

29 de marzo, Viernes Santo.

23 de abril, Fiesta de la Comunidad Autónoma.

1 de mayo, Fiesta del Trabajo.

13 de mayo, San Pedro Regalado (fiesta local).

22 de mayo, Sta. Rita (Acuerdo/Convenio).

15 de agosto, Asunción de la Virgen.

8 de septiembre, Ntra. Sra. de San Lorenzo (fiesta local).

Se traslada al lunes 9 de septiembre.

12 de octubre, Fiesta Nacional de España.

1 de noviembre, Todos los Santos.

6 de diciembre, Día de la Constitución Española.

8 de diciembre, Inmaculada Concepción.

Se traslada al lunes 9 de diciembre.

24 de diciembre, Nochebuena (Acuerdo/Convenio)

25 de diciembre, Natividad del Señor.

31 de diciembre, Nochevieja (Acuerdo/Convenio).

 

  • Días adicionales de asuntos particulares. Para el personal que realiza el horario ordinario de lunes a viernes, se compensará con DOS jornadas adicionales compensatorias asimilados a días de asuntos particulares por los festivos 6 de enero y 12 de octubre de 2024 que coinciden en sábado.

 

  • Comunicación de la ampliación del plazo para disfrutar las vacaciones y asuntos particulares del año 2023.

Días de vacaciones, hasta el 31 de enero de 2024.

Días de asuntos particulares, hasta el 31 de marzo de 2024.

 

Asimismo se informa de que el número de horas a trabajar en la anualidad 2024 es de 1509 h.

 

Sin otro particular.

 

Antonio Olmo Arranz

Auditor de Personal

Email: antonio.olmo@dipvalladolid.es

Tfno.: 983 427 215

www.diputaciondevalladolid.es

 

 

MESA DE CENTROS  14 DICIEMBRE 23  

      Nada más entrar se nos comunicó que la reunión tenía que ser corta porque los directores tenían mucha prisa y porque el aula la tenían que utilizar los residentes. Además, no había administrativo para realizar el acta y si nos parecía correcto se podía hacer una grabación y luego una transcripción cómo acta de esta sesión, todos estuvimos conformes y se realizó así. Cuando lo tengamos os la haremos llegar. Mientras tanto aquí tenéis un resumen.

      CSIF abrió la sesión diciendo que los calendarios de Doctor Villacián habían llegado a tiempo, pero los de cardenal Marcelo llegaron con mucho menos de veinticuatro horas resultando imposible confirmar sí son correctos o no, con tantos problemas lo mismo deberíamos dejar la reunión para otro día que se nos pueda atender en un tiempo y lugar adecuados. Ugt se queja de que no nos han solicitado los puntos a tratar, CSIF si los ha enviado como por costumbre.

      Se aprobó el acta anterior, del 28 de febrero del 2023, sólo hubo que retirar la palabra movilidad que no corresponde con lo que dijo Fses.

      Después comenzamos a tratar el tema de calendarios en el que estuvimos todos de acuerdo que los mínimos eran imposibles de seguir manteniéndolos así, CSIF dijo que había que aumentarlos en todos los turnos, pero en el de noche en Villacián era lo peor ya que no es viable cuidar todo el centro con solo 4 personas  aunque era imprescindible subir también el de tarde e incluso en la mañana pero en Marcelo la situación aún era más complicada porque además falta mucho personal y pidiendo CSIF a las direcciones que deberían hacer informes solicitando más personal para que en la próxima RPT se creasen más plazas de auxiliar de Clínica, ya que es alucinante que estando tan mal de personal aún se tenga que ir a la cocina a por los carros de comida, se sirva un comedor general y/o de válidos desde CSIF nos abruma que los Tcaes sigan realizando funciones de hostelería y a las puertas de 2024 todavía no tengamos una solución.

        Sonia la directora nos informó que ya había hecho una petición de 7 Tcaes por 9 meses con la intención de ir renovando estos refuerzos dándonos la razón que son muy necesarios comentando que los mínimos no se pueden subir por lo mismo no hay personal suficiente y la estructura arquitectónica lo complica aún más.

       Manifiestan desde la dirección la posibilidad de aumentar los mínimos de noche a 5 en DV, CSIF se niega en rotundo porque son 6 lo que se necesita, el resto de la parte social aceptan por unanimidad, pero CSIF sigue pujando por ser seis de noche que es lo que se necesita ya que se está perjudicando la

salud de los compañeros que tienen que realizar el trabajo de más de una persona en hora nocturna

 cuando el cuerpo humano está diseñado para descansar. UGT nos dice que si no aceptamos 5 de noche ellos tampoco aceptan las dos encargadas (no entendemos estas palabras cuando ellos votaron en contra de la RPT). Entonces Juanjo dice que seis de ninguna manera solo está dispuesto a ceder a 5 o bien se queda en 4, a lo que CSIF cede sin apoyos de la parte social, no podemos hacer más.

      Sonia nos comenta que la unidad de convalecencia no ha renovado el contrato, pero la intención es renovarlo cuando sea posible mientras tanto la unidad se encargará de estancias temporales.

          Sobre el cómputo anual individualizado nos comenta Ángel que está hecho a mano porque la aplicación de fichajes sigue sin funcionar, pero no lo podrá presentar por lo menos hasta febrero, aunque a él le sale que el 60 % o más deben horas, a lo que CSIF le discute que algo se le ha tenido que olvidar sumar, Ángel continua diciendo que sí las tendrá que pedir? CSIF le rebate que como defensores de los trabajadores sólo solicitamos que se le devuelvan las horas al que haya realizado de más.

           Las vacantes confían que a partir del 15 de enero  se comiencen a cubrir.

            Los espacios de descanso se debaten en DV si sería posible ponerlo en la entrada anterior de las visitas que no se utiliza actualmente, pero en CM no hay lugar posible.

            Las cafeterías ya tienen la documentación necesaria se ha cerrado el día 12 y en breve saldrá la licitación a lo que CSIF dice que hasta que no lo vea ya no se lo podrá creer.

Ugt propone formación obligatoria de Resiplus a lo que CSIF dice que no le gusta que nada sea obligatorio pero lo que sí es obligatorio es saber utilizar una aplicación importante para el trabajo como es en este caso Resiplus, aunque tenemos compañeros muy formados.

        A continuación, y con muchos puntos en la mesa llevados por CSIF como bien sabéis se levanta la sesión porque los residentes necesitan el aula, pero nos prometen que a finales de enero nos volverán a citar y que procurarán cubrir todas las vacantes y huecos como propone CSIF para ver si así se pueden dar los días de APs y demás descansos. CSIF responde a Ángel “! que Dios te oiga!" Porque ya no nos podemos creer nada.

          Fuera en el pasillo nos comentan que la bolsa ha sido un fracaso, que lo tienen que arreglar como sea, Juanjo quiere una bolsa cero porque siempre estamos igual esa propuesta se hizo ya desde CSIF y se nos comentó en Personal que no tenemos medios ni humanos ni materiales para hacer una bolsa abierta permanente.

         Nos quedan muchos temas de tratar que llevaremos a la próxima mesa.

 

 

          Un saludo de todo el equipo de CSIF

El Supremo prohíbe a CCOO y UGT vetar la presencia institucional de CSIF



El Supremo prohíbe a CCOO y UGT vetar la presencia institucional de CSIF

 

- “CCOO y UGT no tienen un derecho fundamental a excluir a otros sindicatos con un nivel menor de representatividad”
- Blinda la presencia institucional de CSIF en el Consejo de Desarrollo sostenible, frente al veto de CCOO y UGT
- CSIF reclama una reforma de la Ley Orgánica de Libertad Sindical para abrir la participación de otras organizaciones al diálogo social.

 

El Tribunal Supremo ha desestimado un recurso de casación de CCOO y UGT contra la participación de CSIF y otras organizaciones en el Consejo de Desarrollo Sostenible, órgano asesor del Gobierno para el desarrollo de la Agenda 2030.

Esta resolución avala una sentencia previa de la Audiencia Nacional de 27 de septiembre de 2021 que ya consideró “improcedente” utilizar el criterio de la mayor representatividad (sindicatos que ostentan el 10 por ciento de la representación a nivel nacional) para excluir en el ámbito institucional a otras organizaciones que no alcanzan ese porcentaje pero que, sin embargo, están implantados en un ámbito concreto.

En este caso, CCOO y UGT pretendían expulsar a CSIF y otros sindicatos de este órgano. Sin embargo, el Supremo advierte de que “la condición de sindicato más representativo no confiere un derecho fundamental a los sindicatos que la ostentan frente a otros sindicatos carentes de ella”.

“En otras palabras, los recurrentes no tienen un derecho fundamental, sea este la libertad sindical o la igualdad ante la ley, a que se excluya a sindicatos con un nivel menor de representatividad de la participación en órganos y actividades ajenas a aquellas que conforman el núcleo central de la función sindical”, añade la resolución.

En conclusión, el Tribunal Supremo entiende que la singular posición jurídica de los sindicatos más representativos a efectos de participación institucional no se extiende a los supuestos de composición de otros órganos de participación cuyas funciones trascienden a las de promoción y defensa de los intereses económicos y sociales de las personas trabajadoras.

La Central Sindical Independiente y de Funcionarios (CSIF), sindicato más representativo en las administraciones públicas pero también con presencia creciente en el sector privado valora de manera positiva esta resolución, al entender que es un espaldarazo frente al monopolio y los privilegios de los sindicatos de clase que a diario pretenden limitar la participación del resto de organizaciones en órganos de representación. CSIF se siente legitimada por esta resolución para seguir luchando contra estas actitudes discriminatorias y clasistas en todos los organismos de las administraciones públicas donde se siguen produciendo.

Por otra parte, estos argumentos del Supremo avalan la necesidad de modificar la Ley Orgánica de Libertad Sindical, como reclama CSIF, una norma que data de 1985 y que a nuestro entender blinda la participación institucional de CC.OO. y UGT en detrimento de otras opciones sindicales.

Para responder a la necesidad de trasladar al ámbito sindical el pluralismo democrático de la sociedad española, reclamamos la modificación de esta norma para que sea suficiente el 5 por ciento de representatividad para estar presente en los ámbitos de negociación, tal como ocurre en el ámbito parlamentario, donde se precisa únicamente entre el 3 y el 5 por ciento.















 

CARRERA PROFESIONAL DIPUTACIÓN DE VALLADOLID




 

POR FIN CAFETERIAS EN DIPUTACIÓN


 

AYUDAS AL ESTUDIO


 

LOTERIA NAVIDAD 2023










 

Nuevos permisos laborales relacionados con la conciliación de la vida personal y laboral

 Nuevos permisos laborales relacionados con la conciliación de la vida personal y laboral

Puedes descargarte nuestros pdf con la información específica para personal dependiente del Estatuto de los Trabajadores y personal dependiente de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público.
03 de Julio de 2023

Real Decreto-ley 5/2023, de 28 de junio, por el que se adoptan y prorrogan determinadas medidas de respuesta a las consecuencias económicas y sociales de la Guerra de Ucrania, de apoyo a la reconstrucción de la isla de La Palma y a otras situaciones de vulnerabilidad; de transposición de Directivas de la Unión Europea en materia de modificaciones estructurales de sociedades mercantiles y conciliación de la vida familiar y la vida profesional de los progenitores y los cuidadores; y de ejecución y cumplimiento del Derecho de la Unión Europea, modificado mediante corrección de errores publicada en el BOE d 1 de julio.

Medidas relacionadas con la conciliación de la vida familiar y laboral:

Artículo 127 Modificación del texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre.

  • Se modifica la letra c) del artículo 4.2, en materia de discriminación directa o indirecta para el empleo por razones de estado civil, edad, origen racial o étnico, condición social, religión o convicciones, ideas políticas, orientación sexual, identidad sexual, expresión de género, características sexuales, afiliación o no a un sindicato, por razón de lengua dentro del Estado español, discapacidad, así como por razón de sexo, incluido el trato desfavorable dispensado a mujeres u hombres por el ejercicio de los derechos de conciliación o corresponsabilidad de la vida familiar y laboral.

  • Se modifica el apartado 8 del artículo 34, en cuanto al derecho a solicitar las adaptaciones de la duración y distribución de la jornada de trabajo, en la ordenación del tiempo de trabajo y en la forma de prestación, incluida la prestación de su trabajo a distancia, para hacer efectivo su derecho a la conciliación de la vida familiar y laboral, para las trabajadoras y trabajadores que tengan hijos o hijas hasta que cumplen los 12 años, o los que tengan más de 12 años con necesidades de cuidado, hasta el segundo grado de consanguinidad, así como oras personas dependientes que convivan en el mismo domicilio y que por razones de edad, accidente o enfermedad no puedan valerse por sí mismos.

  • Se modifica el párrafo introductorio, y las letras a) y b) y se añade una nueva letra b bis) en el apartado 3 del artículo 37, se modifican los apartados 4 y 6 y se introduce un nuevo apartado 9 en el mismo artículo, donde:
  • Se extiendo el permiso por matrimonio al registro de pareja de hecho.
  • Se modifica el permiso por accidente o enfermedad graves, hospitalización o intervención quirúrgica sin hospitalización que precise reposo domiciliado del cónyuge, pareja de hecho o parientes hasta el 2º grado de consanguineidad o afinidad, así como otras personas que convivientes en el mismo domicilio y que requiera cuidados, que pasa a ser de 5 días hábilessin distinguir si es en la misma o distinta localidad.
  • Se introduce el derecho a disfrutar de 2 días más por fallecimiento del cónyugey otros 2 días más cuando sea necesario hacer un desplazamiento.
  • En los supuestos de nacimiento, adopción, guarda con fines de adopción o acogimiento, se incluye como novedad que, en caso de que la empresa limite el disfrute simultaneo de ambos progenitores por razones fundadas y objetivas de funcionamiento de la empresa, deberá ofrecer un plan alternativo que asegure el de disfrute de ambas personas trabajadores y posibilite el ejercicio de los derechos de conciliación.
  • En cuanto a la reducción de la jornada de trabajo diaria por razones de guarda legal por cuidado directo de algún menor de 12 años o una persona con discapacidad que no desempeñe una actividad retribuida, se extiendo el mismo derecho cuando se precise el cuidado directo del cónyuge o pareja de hecho.
  • Cuando la persona enferma por cáncer (tumores malignos, melanomas y carcinomas), o por cualquier otra enfermedad grave, que implique un ingreso hospitalario de larga duración y requiera la necesidad de su cuidado directo, continuo y permanente, contraiga matrimonio o constituya una pareja de hecho, tendrá derecho a la reducción de jornada quien sea su cónyuge o pareja de hecho, siempre que acredite las condiciones para acceder al derecho a la misma.
  • Cuando tienen derecho al disfrute de las reducciones de jornada dos o más trabajadores de la misma empresa y estas no pueden ejercer su derecho de forma simultánea por razones fundadas y objetivas de funcionamiento de la empresa, esta debe ofrecer un plan alternativo que asegure el disfrute de ambas personas trabajadoras y que posibilite el ejercicio de los derechos de conciliación.
  • Se introduce como novedad, el derecho a ausentarse del trabajo por causa de fuerza mayor cuando sea necesario por motivos familiares urgentes relacionados con familiares o personas convivientes, en caso de enfermedad o accidente que hagan indispensable su presencia inmediata, con derecho a que sean retribuidas las horas de ausencia hasta 4 días al año.
  • Se introduce como causa de suspensión del contrato, el disfrute del permiso parental. (Artículo 45).
  • Se modifica el apartado 3 del artículo 46, extendiendo el derecho al disfrute de la de una excedencia de duración no superior no superior a dos años, salvo que se establezca una duración mayor por negociación colectiva, para atender al cuidado del cónyuge o pareja de hecho. Derecho que, si corresponde a dos o más trabajadores de la misma empresa y estos no pueden disfrutarlo de forma simultánea por razones fundadas y
  • objetivas de funcionamiento de la empresa, esta debe ofrecer un plan alternativo que asegure el disfrute de ambas personas trabajadoras y que posibilite el ejercicio de los derechos de conciliación.
  • Se modifica el apartado 6 del artículo 48, en el sentido de que, la prórroga de suspensión del contrato con reserva del puesto a que tienen los dos progenitores en el supuesto de discapacidad del hijo o hija en el nacimiento, adopción, en situación de guarda con fines de adopción o de acogimiento, así como en el supuesto de nacimiento, adopción, guarda con fines de adopción o acogimiento múltiple por cada hijo o hija distinta del primero, en caso de haber una única persona progenitora, esta podrá disfrutar de las ampliaciones completas previstas en este apartado para el caso de familias con dos personas progenitoras.
  • Se introduce un nuevo artículo 48 bis, con un nuevo permiso parental, para el cuidado de hijo, hija o menor acogido por tiempo superior a un año, hasta el momento en que el menor cumpla ocho años, que tendrá una duración no superior a 8 semanas, continuas o discontinuas y que podrá disfrutarse a tiempo completo, o en régimen de jornada a tiempo parcial conforme a lo establecido reglamentariamente. Este permiso constituye un derecho individual de las personas trabajadoras, hombres o mujeres, sin que pueda transferirse su ejercicio.

  • Se modifica el apartado 4 del artículo 53 y el apartado 5 del artículo 55, incluyendo como una de las causas de nulidad de la extinción del contrato por causas objetivas o despido disciplinario, el disfrute del permiso parental regulado en el artículo 48 bis.
  • Se modifica la disposición adicional decimonovena, incluyendo el permiso parental del artículo 48 bis, como una de las exclusiones para el calculo de las indemnizaciones en determinados supuestos de jornada reducida.

  • Artículo 128. Modificación del texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, aprobado mediante Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre.

  • Se modifican la letra a) e i) del artículo 48 para aplicar al personal funcionario del sector público, las mismas modificaciones de aplicación a las trabajadoras y trabajadores bajo el ámbito del Estatuto de los Trabajadores.
  • Se añade una nueva letra g) al artículo 49, para introducir, en los mismos términos que en el Estatuto de los trabajadores, el permiso parental para el cuidado de hijo, hija o menor acogido por tiempo superior a un año, hasta el momento en que el menor cumpla ocho años.

Así son los nuevos permisos que , desde hoy, ya están publicados en el BOE


29 de Junio de 2023

En el BOE

Los nuevos permisos aprobados por el Gobierno por Decreto ya están publicados en el BOE (CLIC AQUÍ)

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>>Permiso de 8 semanas para el cuidado de los hijos e hijas

Es importante saber que no tendrá remuneración económica. Los padres y madres podrán pedir 8 semanas para cuidar a sus hijos, pero dejarán de percibir el sueldo que corresponda a los días de permiso.

Tendrá una duración no superior a ocho semanas, continuas o discontinuas, es intransferible y podrá disfrutarse de manera flexible.

Corresponderá a la persona trabajadora especificar la fecha de inicio y de fin o, en su caso, de los períodos de disfrute, debiendo comunicarlo a la empresa con una antelación de 10 días o la concretada por el Convenio.

El permiso está pensado, por ejemplo, para favorecer el cuidado de los hijos/as durante los períodos sin clase, como los meses de verano.

La idea es que se pueda disfrutar seguido o repartiendo las semanas de forma discontinuada, a lo largo de los 8 años. Este nuevo permiso amplía el de 16 semanas que sí están retribuidas.

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>>Permiso retribuido de 5 días al año para cuidar de familiares de 2º grado o convivientes

El trabajador/a podrá ausentarse del trabajo con derecho a remuneración durante 5 días por accidente o enfermedad grave, hospitalización o intervención quirúrgica sin hospitalización que precise reposo domiciliario del:

  • Cónyuge.
  • Pareja de hecho.
  • Parientes hasta el segundo por consanguineidad o afinidad.
  • Familiares consanguíneos de la pareja de hecho.
  • Cualquier persona que conviva con la persona trabajadora en el mismo domicilio y necesite cuidados.

Quienes se acojan a este permiso sí seguirán percibiendo su salario.

Hasta el momento únicamente se contemplaba un permiso de 2 días por fallecimiento o por enfermedad grave de un familiar.

Esta medida va a permitir a las personas trabajadoras quedarse al cuidado de los hijos en casa, acompañar a su pareja al médico o para cuidar de una persona mayor.

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>>Permiso retribuido de hasta 4 días para urgencias ante motivos familiares imprevisibles

El empleado/a tendrá derecho a ausentarse del trabajo por causa de fuerza mayor cuando sea necesario por motivos familiares urgentes e imprevisibles, relacionados con familiares o personas convivientes, en caso de enfermedad o accidente que hagan indispensable su presencia inmediata.

Este permiso podrá utilizarse por horas o por días hasta sumar un total de 4 días al año.

Mientras el trabajador se acoja a este permiso, la empresa estará obligada a retribuir con el salario normal el tiempo en el que el se ausente.

En el caso del permiso por fallecimiento del cónyuge, que corresponden 2 días, se tienen en cuenta las parejas de hecho.

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Más información:

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Ficheros Adjuntos:

NUEVA CORPORACIÓN DIPUTACIÓN DE VALLADOLID 2023

 

Conrado Íscar Ordóñez, reelegido presidente de la Diputación de Valladolid

Fecha 29/06/2023
Conrado Íscar O

En su discurso de toma de posesión, Conrado Íscar ha marcado los 5 ejes que van a centrar su acción de gobierno en el presente mandato: la lucha contra el reto demográfico, el compromiso con la defensa de los servicios sociales, el reforzamiento de la cooperación con los ayuntamientos de la provincia, el apoyo e impulso de la actividad económica y la generación de empleo, y el compromiso con el medio ambiente.

La nueva Corporación Provincial 2023-2027 cuenta con 14 diputados del Grupos Popular, 10 del Grupo Socialista, 2 del Grupo Vox y 1 del grupo Toma la Palabra.

 


Conrado Íscar ha sido elegido hoy presidente de la Diputación de Valladolid para el mandato 2023-2027, en el transcurso de la Sesión Constitutiva de la nueva Corporación provincial resultante tras las Elecciones Locales celebradas el pasado 28 de mayo.

Tras la constitución de la mesa de edad, presidida por los diputados de mayor edad, Julio Pereda Alquegui, y de menor edad, Yolanda Burgoa Durán, se procedió a la toma de posesión de los 27 miembros de la nueva Corporación y, posteriormente a la elección del nuevo presidente.

Conrado Íscar ha sido elegido presidente de la Diputación de Valladolid en primera votación al obtener mayoría absoluta, tras sumar los 14 votos del Grupo Popular. La nueva Corporación Provincial está integrada, además, por 10 diputados del Partido Socialista Obrero Español, 2 diputados de Vox y 1 diputado de Valladolid Toma la Palabra.

En su discurso de toma de posesión, Conrado Íscar ha agradecido el apoyo de los vecinos de la provincia y ha asegurado asumir de nuevo la presidencia de la Diputación “con un poco más de experiencia adquirida durante estos últimos cuatro años, pero con la misma ilusión que el primer día”.

Asimismo, se ha referido a lo complicado que han sido los cuatro años del mandato anterior “de grandes dificultades y circunstancias muy adversas que nos han exigido un especial esfuerzo para estar al lado de los ciudadanos, pero que también han servido para demostrar que somos capaces de anteponer los intereses de la provincia a las discrepancias políticas”, y en este sentido ha agradecido de manera especial el trabajo de los empleados públicos de la institución, que “cumplieron con creces su cometido”, y de todos los grupos políticos.

CINCO EJES DE ACTUACIÓN

Conrado Íscar ha señalado que hoy se inicia un nuevo mandato “que abre un futuro ilusionante” en el que “el diálogo con todos y la búsqueda del consenso, la colaboración y la cooperación seguirán marcando la forma de hacer de este nuevo equipo de gobierno”. En este sentido, ha vuelto a invitar a todos los grupos políticos a que, “si lo desean, formen parte de la Junta de Gobierno, tal y como ha sucedido en el mandato que acabamos de finalizar”.

El nuevo presidente ha destacado los 5 ejes que van a centrar su acción de gobierno en el presente mandato: la lucha contra el reto demográfico, el mantenimiento del compromiso con la defensa de los servicios sociales, el reforzamiento de la cooperación económica y administrativa con los ayuntamientos de la provincia, el apoyo e impulso decidido de la actividad económica y la generación de empleo, y el compromiso con el medio ambiente.

Asimismo, ha señalado algunas compromisos prioritarios para el nuevo mandato, como la puesta en marcha de un plan para fijar población; el mantenimiento de los recursos necesarios para mantener los servicios sociales en el mundo rural, con atención especial a los mayores, las personas con dicacidad, las medidas de conciliación, los jóvenes y las políticas de igualdad;  la reducción de tasas y precios públicos a los ayuntamientos, así como la simplificación administrativa; la apuesta por el sector primario y agroalimentario; el fortalecimiento de la Mesa del Diálogo Social de la provincia de Valladolid; la búsqueda de financiación europea para construir un nuevo CTR en la provincia; o la apuesta por la celebración del V Centenario del Nacimiento de Felipe II en el Palacio de Pimentel.

Todo ello en el inicio de un nuevo mandato en el que ha pedido a los nuevos diputados unir “experiencia e ilusión para ser capaces de cumplir las expectativas que han depositado en nosotros nuestros vecinos, cada uno desde la posición que nos corresponda, pero todos con el mismo objetivo: no defraudar a quienes nos han elegido”.

NUEVA CORPORACIÓN

La relación completa de Diputados de la nueva Corporación es la siguiente:

Grupo Provincial Popular

Conrado Íscar Ordóñez

Víctor Alonso Monge

Sonia Alonso Valencia

Yolanda Burgoa Durán

David Esteban Rodríguez

Fernando Esteban Velasco

Julio César García Hernando

Guzmán Gómez Alonso

Francisco Javier González Vega

Myriam Martín Frutos

Roberto Migallón González

Alfonso Romo Martín

Moisés Santana Alonso

David de la Viuda Rodríguez

Grupo Provincial Socialista

Francisco Ferreira Cunquero

Carmen Aceves Gómez

Virginia Almanza Badas

María Fernández Garrote

Luis Javier Gómez Potente

Adolfo López Ramiro

Carlos Mangas Nieto

Mª Dolores Mayo Magaz

Francisco Pastor Pérez

Melchor Vaquero Álvarez

Grupo Provincial Vox

Mario de Fuentes Francos

Luis Carlos Giménez Balmori

Grupo Provincial Valladolid Toma La Palabra

Julio Pereda Alquegui