SENTENCIA PIONERA DE CSIF: Empresas y Administración deben prevenir las discusiones entre compañeros y la violencia psicológica en el trabajo

Falta de respaldo de los jefes, órdenes contradictoras y poco 
claras, falta de autonomía y tareas excesivas, favorecen el mal clima 
laboral.

El TSJ de Cataluña confirma al Ayuntamiento de Figueres (Girona)
el pago de una indemnización por los conflictos personales en el 
seno de la policía local.
07 de Diciembre de 2017

Empresas y administraciones públicas deben adoptar las medidas adecuadas en materia de prevención laboral para evitar y prevenir situaciones de conflicto, discusiones y violencia psicológica entre los empleados y empleadas de la plantilla.
La Central Sindical Independiente y de Funcionarios (CSIF), sindicato más representativo en las administraciones públicas y con presencia creciente en el sector privado, ha logrado una sentencia ejemplar por parte del Tribunal Superior de Justicia Cataluña (TSC) que aborda este tipo de situaciones.
En este caso, el TSJ ha confirmado una sentencia previa del Juzgado de lo Social, por la que se condena al Ayuntamiento de Figueres a abonar a una policía de la Guardia Urbana 25.000 euros en concepto de indemnización por los daños y perjuicios derivados de una situación de conflictos personales con sus compañeros, prolongada durante varios años.
Desde CSIF consideramos que se trata de una sentencia muy significativa porque aborda situaciones, lamentablemente, muy habituales en el ámbito laboral, como son las discusiones y situaciones de conflicto enquistadas entre compañeros de trabajo.
La demandante, representada por CSIF, a lo largo de 15 años, sufrió diferentes bajas laborales provocadas por conflictos interpersonales, violencia psicológica, y los niveles de crispación entre los diferentes miembros del cuerpo policial. La sentencia relata diferentes episodios de denuncias cruzadas de injurias, comentarios despectivos y amenazantes en Facebook, coacción, prevaricación, acusaciones falsas, acoso laboral…
La sentencia incorpora un informe de una mutua de prevención de riesgos laborales donde se apuntan situaciones que inciden de manera negativa en las relaciones entre compañeros: falta de apoyo o respaldo por parte de los superiores; falta de autonomía para adoptar decisiones; falta de claridad en las órdenes, responsabilidades y tiempos de trabajo; instrucciones contradicciones o la asignación de tareas que exceden al puesto de trabajo.
En este sentido, la sentencia, hace preciso establecer medidas para clarificar roles, funciones, categorías jerárquicas y sobre todo, formas de actuar y comportarse, así como la necesidad de establecer un protocolo de acoso psicológico/sexual.

Según la sentencia, el Ayuntamiento era perfecto conocedor de las “tensas y beligerantes relaciones personales que lacraban la convivencia laboral en el departamento de Policía Local” y “pese a lo notorio y público de las desavenencias” no adoptó las medidas adecuadas en materia de prevención de riesgos laborales.