El Supremo prohíbe a CCOO y UGT vetar la presencia institucional de CSIF
- “CCOO y UGT
no tienen un derecho fundamental a excluir a otros sindicatos con un nivel
menor de representatividad”
- Blinda la presencia institucional de CSIF en el Consejo de Desarrollo
sostenible, frente al veto de CCOO y UGT
- CSIF reclama una reforma de la Ley Orgánica de Libertad Sindical para abrir
la participación de otras organizaciones al diálogo social.
El Tribunal Supremo ha desestimado un recurso de
casación de CCOO y UGT contra la participación de CSIF y otras organizaciones
en el Consejo de Desarrollo Sostenible, órgano asesor del Gobierno para el
desarrollo de la Agenda 2030.
Esta resolución avala una sentencia previa de la
Audiencia Nacional de 27 de septiembre de 2021 que ya consideró “improcedente”
utilizar el criterio de la mayor representatividad (sindicatos que ostentan el
10 por ciento de la representación a nivel nacional) para excluir en el ámbito
institucional a otras organizaciones que no alcanzan ese porcentaje pero que,
sin embargo, están implantados en un ámbito concreto.
En este caso, CCOO y UGT pretendían expulsar a CSIF y
otros sindicatos de este órgano. Sin embargo, el Supremo advierte de que “la
condición de sindicato más representativo no confiere un derecho fundamental a
los sindicatos que la ostentan frente a otros sindicatos carentes de ella”.
“En otras palabras, los recurrentes no tienen un
derecho fundamental, sea este la libertad sindical o la igualdad ante la ley, a
que se excluya a sindicatos con un nivel menor de representatividad de la
participación en órganos y actividades ajenas a aquellas que conforman el
núcleo central de la función sindical”, añade la resolución.
En conclusión, el Tribunal Supremo entiende que la
singular posición jurídica de los sindicatos más representativos a efectos de
participación institucional no se extiende a los supuestos de composición de
otros órganos de participación cuyas funciones trascienden a las de promoción y
defensa de los intereses económicos y sociales de las personas trabajadoras.
La Central Sindical Independiente y de
Funcionarios (CSIF), sindicato más representativo en las
administraciones públicas pero también con presencia creciente en el sector
privado valora de manera positiva esta resolución, al entender que es un
espaldarazo frente al monopolio y los privilegios de los sindicatos de clase
que a diario pretenden limitar la participación del resto de organizaciones en
órganos de representación. CSIF se siente legitimada por esta resolución para
seguir luchando contra estas actitudes discriminatorias y clasistas en todos
los organismos de las administraciones públicas donde se siguen produciendo.
Por otra parte, estos argumentos del Supremo avalan la
necesidad de modificar la Ley Orgánica de Libertad Sindical, como reclama CSIF,
una norma que data de 1985 y que a nuestro entender blinda la participación
institucional de CC.OO. y UGT en detrimento de otras opciones sindicales.
Para responder a la necesidad de trasladar al ámbito
sindical el pluralismo democrático de la sociedad española, reclamamos la
modificación de esta norma para que sea suficiente el 5 por ciento de
representatividad para estar presente en los ámbitos de negociación, tal como
ocurre en el ámbito parlamentario, donde se precisa únicamente entre el 3 y el
5 por ciento.
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